Deberán aportar:
El vendedor:
- DNI en vigor
- Copia autorizada de su titulo de adquisición
- Último recibo del impuestos de bienes inmuebles (IBI)
- Certificación del Administrador de la Comunidad de Propietarios con el Vº Bº del Presidente relativa al pago de los gastos de comunidad, cuando se trate de una vivienda en régimen de Propiedad Horizontal
Es conveniente aportar certificación del Administrador de la Comunidad de Propietarios con el Vº Bº del Presidente relativa al pago de los gastos de comunidad, cuando se trate de una vivienda en régimen de Propiedad Horizontal.
El comprador:
- DNI en vigor de los compradores
- Documentos que acrediten los medios de pago empleados (cheque, transferencia, etc.)
- Números de cuenta de procedencia de los fondos utilizados para el pago
En el caso de matrimonios, comunicar el régimen económico matrimonial y en caso de existir régimen de separación de bienes, aportar la escritura de capitulaciones matrimoniales debidamente inscrita en el Registro Civil.
Recuerde que para comprar para la Sociedad de Gananciales basta que comparezca uno de los cónyuges, pero para vender un bien ganancial deben comparecer los dos.