Libre elección de notario
Los clientes tienen el derecho a la libre elección de Notario, y el consumidor debe conocer este derecho que le asiste para asesorarse en el notario de su confianza. La Ley para la Defensa de los consumidores, el RD de 1989 sobre protección de los consumidores de compraventa de viviendas atribuye expresamente este derecho al consumidor.
Este derecho a la libre elección de Notario adquiere especial transcendencia cuando se trata de contratar con entidades financieras y grandes promotores, que no pueden imponer al cliente particular la firma con un Notario determinado. En caso de que el particular considere vulnerado este derecho, a través del Colegio Notarial correspondiente puede instar la defensa de su derecho.
En el caso de que no exista pacto acerca del Notario designado, la persona que vaya a abonar los honorarios de la escritura es quien decidirá a qué Notario acudir.